El Paso a paso para acceder al Aporte NO Retornable exclusivo del sector turístico

La asistencia para todo el sector turístico con el Aporte no Retornable (ANR) se puede solicitar durante todos los meses que dure la pandemia y cuenta con una guía para efectuar la solicitud. Hasta el 23 de abril aún hay tiempo para presentar la solicitud correspondiente al mes de marzo.En este marco, alojamientos, emprendedores grastronómicos, agencias de viajes y prestadores de Turismo aventura, campings, locadoras de autos sin chofer, casas de venta de artesanías, integran el universo de beneficiarios.La guía debe ser completada y cada interesado debe subirla al link digitalizada, junto con toda la información que se requiere.Es importante que en  cada nueva solicitud actualicen la Guía de Solicitud con la fecha del momento cuando realizan el pedido, y adjunten las facturas y y / o comprobantes que necesiten pagar, la Habilitación Municipal, Constancia de CBU y Constancia de AFIP actualizada. (Requisitos obligatorios).No hace falta esperar a cobrar el período solicitado para realizar la solicitud de los meses siguientes, ya que el trámite toma aproximadamente unos 60 días. Luego de cobrar deben hacer la rendición por correo postal con los originales de  cada factura pagada al Ministerio de la Producción, sito en Avellaneda 801 de Río Gallegos, CP9400. Hay que recordar que para acceder a los ANR deben contar con habilitación municipal previa a marzo de 2020 y tener los impuestos activos. se podrá solicitar hasta 60.000 pesos  de forma combinada en concepto de pago de servicios, impuestos, pago de proveedores (insumos y servicios), alquiler. Todos los requisitos y  condiciones los pueden consultar en la web del MINPRO ( www.mimpro.gob.ar/santacruzprotege )Para seguir la guía: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScVSBG4ferRglNfh7YjpMpgWPg1zyEBID7MbPrnYw5fXPnZ4g/viewform?usp=sf_link El plazo está abierto hasta el 23 de abril para solicitar el ANR del mes de marzo y por más consultas se pueden comunicar con Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indispensable recordar que, además, está disponible la línea REPRO II, del Gobierno Nacional,  que reemplaza lo que fuera el programa ATP para pago de nómina salarial. Esta línea Repro II, la debe gestionar el estudio contable de cada prestador a través de la página de AFIP, con la clave fiscal.